1. Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado EVELIO RINCON CHACON, con el carácter de defensor privado del acusado O. J. M. C. (identificación omitida por disposición de la Ley).
2. CONFIRMA la sentencia definitiva publicada el 12 de julio de 2006, por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró responsable penalmente, al adolescente O. J. C. M., (identificación omitida por disposición de la ley), por la comisión del delito de robo agravado de cooperador inmediato, previsto en el artículo 460 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem en perjuicio de la ciudadana CELINA VILLAMIZAR MEDINA; de conformidad con lo establecido en el artículo 528 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 583 ejusdem, le impuso de la medida de semi libertad, .....