Con base a la motivación precedente este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA el otorgamiento de la formula alternativa de cumplimiento de pena referida al SUSPENCIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, requerido por el ciudadano: ENDER JOSÉ MARCANO MARQUEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, fecha de nacimiento20-05-1984, de 22 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, de Estado Civil Soltero, residenciado: en La Guaira Sector Cerro Caído, parte baja, casa N° 27, Parroquia Maiquetía, estado Vargas, titular de la Cédula de Identidad N° 16.507.734, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.