PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO contra el ciudadano: RAMÓN JOSÉ RODRIGUEZ BASTIDA, de nacionalidad colombiana, natural de Pamplona, República de Colombia, cédula de identidad V-15.331.163, nacido en fecha 13 de agosto de 1.981, de 31 años de edad, hijo de Alberto Rodríguez (f) y Adela Bastida (f), soltero, de profesión u oficio comerciante informal, residenciado en el Barrio Primero Diciembre, etapa tres, calle 14, casa S/N°, a cuadra y media del materno infantil, Barinas, Estado Barinas, teléfono 0426-1766928; por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ADMITEN TOTALMENTE los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por ser de obtención lícita, legales, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de .....