En este estado siendo las 12:00m el Tribunal procede hacer entrega formal del presente local comercial, libre de personas, bienes y cosas al apoderado judicial de la parte demandante, quien lo recibe conforme y en el estado que se encuentra. El Tribunal deja constancia que el notificado procedió al retiro voluntario de todos los bienes muebles existentes en el local comercial. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:30 p.m., y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.