En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, acuerda trasladar al ciudadano (Identidad Omitida por el artículo 545 de la Lopna), al centro penitenciario de Occidente de Santa Ana Estado Táchira, a los fines de que cumpla la medida de privación de Libertad por el lapso de seis (06) meses. Líbrese oficio al Centro Diagnostico y Tratamiento San Cristóbal y boleta de traslado a la Dirección de Seguridad y Orden Publico de San Cristóbal, a fin de proceda al traslado del mencionado adolescente.