En virtud de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: De conformidad con el literal "a" del artículo 578 de la LOPNA, ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público, contra el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana S.Y.E.D.S., a tenor de lo dispuesto en el artículo 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el literal "f" del artículo 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo establecido en el.....