DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES por mutuo consentimiento de los cónyuges: CARLA YUDITH VIVAS GALAVIS, y JOSE ARNOBIO MARTINEZ BUEÑAÑO, venezolanos mayores de edad, cónyuges entre sí titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-16.123.903 y 16.422.124; respectivamente hábiles, asistidos por el abogado en ejercicio ARNALDO RAMON D´YONGH SOSA, inscrito en el IPSA bajo el N° 122.743.