El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declaró:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta el abogado Manuel Augusto Trujillo Archila, apoderado de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 15 de febrero de 2006, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala de Juicio N° 4, en cuanto a la disolución del vínculo conyugal, más no en cuanto a los fundamentos de hecho y derecho alegados por el actor.
SEGUNDO: Con fundamento en el criterio jurisprudencial transcrito en parte en la motiva de este fallo se declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO interpuesta por el ciudadano VICTOR LEOBARDO MÉNDEZ CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad No. 5.676.151, asistido por el abogado Manuel Augusto Trujillo Archila, contra la ciudadana MARLENE LISBE RICO GUER.....