En razón de las consideraciones expuestas, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR la solicitud hecha por los Ciudadanos NEREIDA EMILIA RAMÍREZ SÁNCHEZ, GLADYS MIREYA RAMÍREZ SÁNCHEZ, ANA MERCEDES SÁNCHEZ DE RAMÍREZ, LUÍS RODOLFO RAMÍREZ SÁNCHEZ y HUMBERTO JOSÉ RAMÍREZ SÁNCHEZ y MERCEDES OFELIA RAMÍREZ SÁNCHEZ, a través de su Co Apoderado Judicial y abogado asistente de la última de las nombradas, Yojan Kopp Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 98.334.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los veintidós días del mes de Mayo de dos mil doce. Añ.....