TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 22 de Mayo de 2024
214° y 165°
Vista la anterior demanda constante de TRES (03) folios utiles, interpuesta por el abogado JOSE YAMIL PRADA SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°8.106.754, abogado, inscrito en el IPSA bajo el N°53.018, actuando en nombre y representación de MARIA IMELDA SANCHEZ Y ELIS RICARDO ALVAREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N°V-2.554.190 Y v-4.111.035, domiciliados en san Juan De Colon, Municipio Ayacucho Del Estado Táchira, por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO; désele entrada, anótese en los libros correspondientes, fórmese expediente, háganse las anotaciones estadísticas y en cuanto a su contenido este Juzgado hace las siguientes consideraciones:
Dispone el Artículo 340 del código de procedimiento civil:
El libelo de la demand.....