DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del ciudadano HEDIER VASQUEZ CASTAÑEDA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-82.128.241 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana BETZAIDA AMIBELEC BUITRAGO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.090.262 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, contra el ciudadano HEDIER VASQUEZ CASTAÑEDA, ya identificado.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs.450,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturado para tal fin, a partir del mes de agosto de 2013.
CUARTO: En cuanto a los gastos de las temporadas escolar y de navidad.....