PRIMERO: NIEGA EL DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO AL PENADO PEREZ CRISTOBAL JOSE plenamente identificado em autos, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente Estado Táchira por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena se oficie a la División de Antecedentes Penales para que sean tramitados los del penado PEREZ CRISTOBAL JOSE.