DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de revisión de sentencia definitivamente firme interpuesto por la Abogada Mayela Ramírez de Briceño, en carácter de defensora publica del penado JOSE PABLO MENDOZA LIZCANO.
SEGUNDO: MODIFICA la decisión dictada en fecha 16 de julio de 2011, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, mediante el procedimiento especial de admisión de hechos, lo condenó a cumplir la pena de DIEZ (10) años de prisión, por la comisión del delito de Extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio del ciudadano WILIAN RAMON BALZA CHONA.
TERCERO: Esta Corte de Apelaciones de conformidad.....