En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; decide:
Primero: Decreta la cesación de las medidas de Libertad Asistida por el lapso de Dos (02) Años y Servicios a la Comunidad por el lapso de Seis (06) Meses con una Jornada de Dos (02) Horas Semanales, al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; quien fue sancionado por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana K.C.C.H.M.; y, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio de El Orden Público; de conformidad con lo previsto en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el literal "h" del artículo 647.....