EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana LEYDY VIVIANA RIOS GÓMEZ, quien dice ser de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Bogotá, República de Colombia, nacido en fecha 25 de octubre de 1986, de 25 años de edad, hijo de Blanca Janeth Gómez Castro (V) y de Gustavo Ríos Sierra (V), titular de la cédula de ciudadanía N ° C.C- 1.073.503.023, soltera, de profesión u oficio obrera en Peaje, teléfono: 04244076593, residenciado en la urbanización a Quintas calle 03, número 9647, Estado Car.....