Este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas, debido a que la parte demandante acepto el ofrecimiento de la parte demandada consistente en: El pago de Ciento Cuarenta y Ocho Mil Bolívares (Bs. 148.000,00) en cheque N° 87003554, en contra del banco de Venezuela, que comprende la suma adeudada por concepto de canones de arrendamiento, honorarios de abogado y costas del juicio. y la entrega del inmueble, en dos días para desocupar el local y retirar la mercancía y con ello poder hacer entrega del mismo libre de personas y bienes.