En razón de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público, y en consecuencia DECRETA SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, con lo cual queda extinguida la acción, a favor de los adolescentes para el momento del hecho: 1.- (Identidad omitida Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); 2.- (Identidad omitida Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); 3.- (Identidad omitida Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); 4.- (Identidad omitida Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niñ.....