PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el literal "c" del artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, del monto total de prestaciones sociales, correspondiente al ciudadano LUIS EDUARDO USECHE MORENO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.174.783, equivalente a la suma de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 4.654.098,85); SE DESTINA la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (BS. 2.550.000,00), con la finalidad de garantizar las pensiones futuras y demás gastos que comporta la manutención de los hermanos ..., dicho monto comprende treinta y seis (36) mensualidades, más seis (6) cuotas especiales para gastos de inicio escolar y temporada decembrina y la mensualidad del mes de octubre de 2007 y la cuota especial de inicio escolar de 2007, las cuales no han sido canceladas y se encuentran vencidas.
SEGUNDO: SE LEVA.....