DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte presuntamente agraviante en fecha 11 de octubre de 2010, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 19 de julio de 2010.
SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN INTERLOCUTORIA APELADA.
TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, admitir la acción de amparo constitucional interpuesta, y continuar su trámite observando los principios legales aplicables.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente el expediente al Tribunal de la causa. Expídase copia certificada de.....