"...Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia suscrita por el ciudadano LUIS ALEXANDER CARDENAS NARVAEZ, en fecha 07 de agosto de 2013, mediante la cual expone que por cuanto su hija XX, ha alcanzado la mayoría de edad, y que por cuanto no padece de deficiencias físicas ni mentales que las incapaciten para proveer su propio sustento, así mismo, se evidencia que la misma en fecha 03 de agosto de 2013, obtuvo su título de Abogado, según oficio Nro. S-236-11-13, emanado por la Universidad Rafael Urdaneta, es por lo que solicita la Extinción de la Obligación de Manutención..."