1º SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada CONSUELO BARRIOS TREJO, apoderada de la ciudadana LIGIA MARIA GUERRERO BECERRA, contra la decisión dictada en fecha 28 de junio de 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. 2º CONFIRMA EN TODAS SUS PARTES la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, 28 de junio de 2004, en la cual declaró:
“PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la demandada ciudadana Ligia María Guerrero Becerra, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.667.096, divorciada, domiciliada en Caneyes, Municipio Guásimos del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano José Jesús Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 7.712.176, divorciado, Sub. Oficial de la Aviación Militar, domic.....