El Tribunal declaró
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado José Eduardo Jaimes Pérez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Billares Billarlandia C.A., en fecha cinco (05) de diciembre de 2016, ratificada el siete (07) de diciembre de 2016, contra la decisión de fecha primero (01) de diciembre del año 2016 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, actuando como primera instancia constitucional.
SEGUNDO: SE CONFIMRA la decisión de fecha primero (01) de diciembre del año 2016 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, actuando como primera instancia constitucional.
No hubo condena en costas procesales, por la naturaleza del litigio.
Quedó así CONFIRMADA la decisión recurrida.