En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; decide:
Primero: Decreta la Cesación de la medida PRIVATIVA DE LIBERTAD IMPUESTA POR EL LAPSO DE CUATRO (04) MESES, al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 31 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de El Estado Venezolano; de conformidad con lo previsto en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el literal "h" del artículo 647 Ejusdem.
Segundo: Líbrese boleta de libertad al Centro Penitenciario de Occidente, a favor del j.....