Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud del INTERÉS SUPERIOR de las hermanas ..., exhorta al ciudadano RONAL AUGUSTO LEÓN MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.791.927, domiciliado en el Municipio Independencia del Estado Táchira, a que cancele inmediatamente la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 5.200,00) que adeuda por concepto de obligación de manutención desde el mes de abril hasta el mes de Octubre de 2011, tal como lo establece el artículo 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Asimismo, se exhorta a la ciudadana INGRID CONSOLACIÓN SANCHEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.207.951, domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira.....