DISPOSITIVA
En base a las razones y fundamentos expuestos, y en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento; En consecuencia el Acta con folio 21 de fecha 21 de Enero de 1955, asentada originalmente en los libros pertenecientes a la Primera Autoridad Civil del Municipio Tariba, Distrito Cárdenas, estado Táchira, actualmente Parroquia Tariba, Municipio Cárdenas del estado Táchira; perteneciente a "DAISY AUXILIADORA"; queda rectificada en el sentido que el nombre y apellido de su madre es PASTORA ESPINOZA, Y NO como erróneamente aparece en dicha acta es decir, ANTONIA ESPINOSA; Líbrense oficios respectivos anexándose copia certificada de la presente sentencia, a los fines de que la misma sea inscr.....