este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 25 de enero de 2006, por la ciudadana CARMEN MARIELA DÍAZ NIÑO, asistida por la abogada YUNMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 53.221, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 20 de enero de 2006.
SEGUNDO: INADMISIBLE el Recurso de Amparo Constitucional, interpuesto por la ciudadana CARMEN MARIELA DÍAZ NIÑO, identificada con la cédula de identidad Nº 9.222.469, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, en la persona de su Representante Legal ciudadano Gobernador RONALD BLANCO LACRUZ..
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión apelada.
CU.....