PRIMERO: APRUEBA EL ACUERDO CONCILIATORIO presentado en esta audiencia, el cual se materializo en la presente audiencia el cual consistió, a saber: 1.- El adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART.65 LOPNA pide disculpas en este acto a la victima presente ciudadano IGNACIO JOSE VERGARA MONTOYA, y cancelo la cantidad de Cincuenta Mil ( Bs. 50.000,oo ) Bolívares, Verificado como ha sido el cumplimiento de la obligación pactada se sobresee la acción penal respectiva solicitada por la representante del Ministerio Público en relación al delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOR, previsto en el artículo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano IGNACIO JOSE VERGARA MONTOYA. SEGUNDO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO Definitivo de la presenta causa, a favor del IDENTIDAD OMITIDA ART.65 LOPNA , en relación al delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOR, previsto en el artículo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuici.....