PRIMERO: CON LUGAR EL DERECHO QUE LE ASISTE a la abogada DORA SÁNCHEZ, de percibir los HONORARIOS PROFESIONALES RECLAMADOS a la ciudadana NAYDA DEL CARMEN PALLOTTINI VIVAS, todos plenamente identificados en este fallo, en consecuencia se le ordena a la ciudadana NAYDA DEL CARMEN PALLOTTINI VIVAS, pagarle a la abogada DORA SÁNCHEZ, la suma máxima de SESENTA MILLONES DE BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs 60.000.000,oo), como se explicó en la motiva de este fallo, siempre y cuando la demandada no se acoja al derecho de retasa en la oportunidad correspondiente.
SEGUNDO: Se le ORDENA a la ciudadana NAYDA DEL CARMEN PALLOTTINI VIVAS, pagarle a la abogada DORA SÁNCHEZ, la suma que resulte de la CORRECCIÓN MONETARIA, la cual deberá ser calculada con una experticia complementaria del fallo, como se expresa en la motiva de este fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, NOTIFÍQUESE y déjese copia para el archivo del Tribunal.