este JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte Fuerza Ejecutiva de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) mensual, para un total de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs.900,00), mensual, a partir del mes de junio de 2011.
SEGUNDO: se fija como cuota extraordinaria para el mes de AGOSTO la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00), para el gasto de útiles y uniformes escolares, para un total de UN MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.400,00), para ese mes.
TERCERO: se fija como cuota extraordinaria para el mes de DICIEMBRE la cantidad de UN MIL BOLIVARES (B.....