declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante escrito de fecha 06 de Marzo de 2023, por la parte presuntamente agraviada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 01 de Marzo del mismo año.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 01 de Marzo de 2023, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano José Gregorio Maldonado Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 11.024.877, asistido por los Profesionales del Derecho, abogados Sandra Liliana Rivera Vargas y Anfer Alexis Casique Sánchez, inscritos en el I.P.S.A. con los Nº 187.360 y 301.517, en su orden, contra los entes presuntamente agraviantes.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente el expediente al Tribuna.....