PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA y IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA, de conformidad con lo señalado en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. por los delito DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto en el artículo 473 del Código Penal, en perjuicio de R.S.G....... Notifíquese a las partes. Para lo cual se acuerda notificar por medio del Juzgado del Municipio Jáuregui a donde se acuerda remitir las correspondientes boletas.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA Y PUBLÍQUESE
HELEN NEFFERTY GARCÍA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL NO. 3
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGUERA GAMEZ
SECRETARIA DE CONTROL
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libraron boletas de notificación de las partes y oficio N° al Juzgado del Municipio Jáuregui. .
EXP-3C-1965/2007
S.....