Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA impuesta al ciudadano DOMINGO JUVENAL DURAN TERAN, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 03-05-1965, de 42 años de edad, de estado civil soltero y Titular de la Cédula de Identidad N° 6.245.980, quien fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO, como autor responsable de la comisión del delito de COMPLICE NECESARIO EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 en relación con el artículo 84, ordinal 2º, todos del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en consecuencia SE DECRETA SU LIBERTAD PLENA, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en virtud de haber cumplido la pe.....