Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Cumplimiento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana LUZ ELIZABETH CASTILLO SERNA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-14.099.787, domiciliada en Toiquito, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de las niñas (omitido por art.65 LOPNA), contra el ciudadano GIOMAR ALEXANDER CEDEÑO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.493.914, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena al ciudadano GIOMAR ALEXANDER CEDEÑO PEREZ, a pagar la cantidad de NOVECIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.990,92) por concepto de saldo de Oblig.....