este Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Queda establecido un aumento de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) para un total de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00). Así mismo:
¿ La suma de TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 38.400,00), por concepto de transporte escolar de la adolescente.
¿ La suma de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00), por concepto de merienda, para un total de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 148.400,00) Mensual.
SEGUNDO: Se ordena al padre suministrar la pensión en forma puntual y oportuna.
TERCERO: Que el padre contribuya con la madre en cuanto a los gastos médicos y medicinas e imprevistos de la adolescente beneficiaria, en proporción del 50% por cada progenitor.
CUARTO: En cuanto a las cuotas Extraordinarias en los meses de agosto y diciembre, para cubr.....