Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente con lugar la solicitud de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana CARMEN DIOCELINA GONZALEZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.231.236, domiciliada en Las Vegas de Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de los adolescentes (omitido por art. 65 LOPNA) contra el ciudadano CRISPIN URBINA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.166.317, domiciliado en Las Vegas de Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para los adolescentes (omitido por art. 65 LOPNA), la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,00) mensuales, l.....