Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Táchira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Declara en Rebeldía al joven adulto YIDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA
de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y, ordena su ubicación inmediata, a los fines de tomar la medida de aseguramiento necesaria.
Segundo: Líbrese oficio al Departamento de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Táchira, a los fines de que se sirvan ubicar de manera inmediata al joven adulto el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA
antes identificado, y una vez ubicado sea dejado a la orden de este Tribunal en el sitio de reclusión correspondiente, a l.....