DECLARA INADMISBLE la querella de amparo por Perturbación interpuesta por la ciudadana Nubia Mildred Ovalles de Canelones, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.112.378, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 179.678, a tenor de lo establecido en el artículo 782 del Código Civil, en concordancia con el artículo 700 del Código de Procedimiento Civil. Y así se de