Este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los cónyuges DARIO TOLOZA DIAZ e ISABEL GELVEZ MONROY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-22.794.578 y V-11.500.579, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído entre ellos por ante el Registro Civil Parroquia San Camilo, El Nula Estado Apure, el cual quedo anotado en los Libros de Registro Civil, bajo el N° 48, en fecha once (11) de mayo de 1997.