En fecha 21 de Octubre del 2014, comparecieron espontáneamente por ante este Juzgado el ciudadano Oscar Alexander Díaz Alviarez, apoderado judicial de las ciudadanas Dora Elisa Rojas de Labrador y Luz Marina Rojas Roa, en la cual suscribe una diligencia y expresa lo siguiente: "...por medio de la presente diligencia establezco que Desisto de la Demanda por cuanto ambas partes hemos llegado a un mutuo acuerdo como modo de conciliación acogiéndonos al modo alternativo de solución de conflicto facultado por la ley..." En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO expresado por la parte demandante, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.