Cumplido como ha sido todo lo ordenado y por cuanto no hubo oposición alguna; es por lo que esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el artículo 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por consumado lo convenido en la partición amistosa formulada, entre NORMA DELFINA REYES DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.791.269, domiciliada en San Cristóbal; quién actúa por sus propios intereses y en nombre y representación de su menor hija AMANDA ISABEL PEREZ REYES, venezolana, estudiante, nacida en fecha 08 de octubre de 1989, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.339.710 y asistida por el abogado Juan José Fábrega M, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.046; MARYSOL PEREZ DE HINOJOS.....