PRIMERO: Se declara Sin Lugar, la apelación intentada por el ciudadano JORGE JOSÉ ALVIAREZ ALVIAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.208.216.
SEGUNDO: Se confirma la decisión tomada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 23 de julio de 2012, la cual suspendió la presente causa, hasta tanto conste las resultas de la decisión del expediente N° 21323, llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.