El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida mediante diligencia de fecha seis (06) de julio de 2016 por las apoderadas del oferido, ciudadano Luis Felipe Florez García contra el auto proferido por el a quo el día diecisiete (17) de junio de 2016 que abrió un lapso probatorio de diez días.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha diecisiete (17) de junio de 2016 dictado por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que abrió el lapso de pruebas por diez días de despacho.
TERCERO: SE REPONE la causa al estado previo al auto recurrido y aquí revocado, ordenándose al a quo que proceda a depositar en una institución bancaria la suma ofrecida y que proceda a la citaci.....