Se declaro SIN LUGAR EL RECURSO DE NULIDAD interpuesto por los ciudadanos ANGEL ESTEBAN MEDINA RUBIO en contra de las Providencias Administrativas No. 86-03, de fecha 18 de Junio de 2003, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TACHIRA, a través de la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de falta interpuesta en contra del recurrente y se autorizó a la Fundación para el Desarrollo del estado Táchira a despedir al trabajador de manera justificada.