ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano WILFREDO DURAN GUERRERO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural del Ocaña Norte de Santander , República de Colombia, nacido en fecha 31/10/1976, de 34 años de edad, titular de la cédula de Ciudadanía Nº 88.222.715, casado, hijo de Oscar duran Jaimes (V) y de Nery Guerrero (V), de profesión u oficio ingeniero de producción agroindustrial, sin residencia fija en el país, en la presunta comisión del delito AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ZULIMA REY VILLAMIZAR, por no encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de l.....