En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de los ciudadanos José Ignacio Apolinario Valero y Carmen Alicia Moreno Pernía de Valero, mediante sendas diligencias de fecha 21 de septiembre y 25 de septiembre de 2001.
SEGUNDO: ORDENA REPONER LA CAUSA, al estado en que se encontraba para el día 28 de febrero de 2001, fecha en la cual el abogado Boris Leonardo Omaña dió contestación a la reconvención propuesta, quedando anuladas las actuaciones procesales cumplidas a partir de dicha fecha, inclusive, con excepción de la diligencia suscrita por la ciudadana Carmen Alicia Moreno Pernía de Valero, en fecha 25 de septiem.....