AUTORIZA amplia y suficientemente a los hermanos: CARLOS IVAN y VICTOR NICOLAS CAÑAS ESCALANTE, venezolanos de 16 y 8 años de edad respectivamente, para que adquieran en partes iguales de sus padres, ciudadanos: JOSE EDUARDO CAÑAS ROMERO y ANA ISABEL ESCALANTE DE CAÑAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-3.794.673 y V.-5.034.048 en su orden, los derechos y acciones de propiedad y posesión que a estos les pertenecen y quienes se reservarán el derecho de usufructo de por vida, sobre un lote de terreno signado con el número de parcela F-96 y la casa de dos plantas sobre él construida, el cual forma parte del conjunto residencial "Agua Clara" , ubicado en el Sector Pueblo Nuevo, Jurisdicción de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, cuyo documento de parcelamiento y condominio está registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito San Cristóbal, bajo el Nro. 26, Tomo 44, Tercer T.....