En mérito de las consideraciones antes expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes: PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación de partida de nacimiento de la ciudadana IRMA DEL CARMEN CONTRERAS GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.091.799 de este domicilio y hábil, asentada por ante la Prefectura del Municipio Vargas, hoy Registro Civil del Municipio Dr. José Maria Vargas del Estado Táchira, en fecha 02 de Diciembre de 1950 la cual corre inserta en el Acta N° 208 de los Libros de Nacimientos llevados por ante ese Registro.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación de la partida de nacimiento en cuestión, sólo en lo que respecta al pri.....