DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos JORGE ELEAZAR AGELVIS COLMENARES y ALBA XIOMARA DELGADO CARRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.999.664 y V-6.032.164 en su orden y domiciliados en el Municipio Independencia del Estado Táchira, conforme lo dispone el artículo 185-A del Código Civil.