DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control, Audiencias y Medidas N° 2 de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano RIGOBERTO SIERRA, colombiano, titular de la cedula de ciudadanía N° E- 13.463.613 plenamente identificado en el encabezado de la presente por admisión de responsabilidad penal en el delito de ACTOS LASCIVOS y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 45 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de C.S.G.A, cuyos datos se omiten por razones de Ley, en concordancia con el articulo 82 del Código penal Venezolano en perjuicio de C.S.G.A, cuyos datos se omiten por razones de Ley.
SEGUNDO: SE IMPONE LA PENA DE DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESE, DIEZ (10) DIAS DE PRISION mas la accesorias previstas en los numerales 2 y 3 del articulo 66 y 67 de la Ley Orgánic.....