En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Rigoberto Contreras Ayala, asistido por el abogado Marco Antonio Gómez Mursia, mediante diligencia de fecha 15 de diciembre de 2016.
SEGUNDO: REPONE el presente proceso de amparo al estado de que el Tribunal de Primera Instancia a quien corresponda previa distribución, fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia constitucional, de lo cual deberá notificar al Tribunal presuntamente agraviante, al Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción judicial, y al ciudadano Rigoberto Contreras Ayala con el carácter de parte demandada en el juicio de desalojo de local comercial .....